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Anexos

ASISTENCIA EN VIAJES - TRANSPORTACIÓN DE EMERGENCIA MÉDICA

• Incluido automáticamente en Serie 3000. Opcional para Meridian II, Azure e Ideal. No disponible para Flexi Plan III América Latina.

 

Beneficio de asistencia en viajes:

• BMI cubrirá el monto del deducible –hasta un máximo de US$5,000- en caso de presentarse una emergencia médica por accidente o enfermedad durante un viaje fuera del país de residencia.
• El monto cubierto por BMI se aplicará al deducible anual de la póliza contratada.
• Las visitas de seguimiento estarán cubiertas según los beneficios de la póliza. El asegurado asumirá cualquier monto restante hasta alcanzar el límite de su deducible.

 

Beneficios de transportación de emergencia médica:

Ambulancia aérea100%
Gastos de transportación para familiar acompañante*Cuando al acompañante no se le permita viajar al centro médico en la ambulancia aérea
Gastos de estadía para familiar acompañante*US$100 por día, máximo 5 días
Repatriación médica*US$25,000
Boleto aéreo de regreso al país de residencia (asegurado y acompañante)*US$1,000 por persona, por evento
Boleto aéreo para acompañante por hospitalización (más de 5 días) durante un viajeUS$1,000
Repatriación de restos mortales o servicios de cremación100% en Serie 3000, Meridian II y Azure – US$10,000 en Ideal
Regreso de menor de edad por fallecimiento del titularUS$1,000 por póliza

*Posterior a un servicio de ambulancia aérea del asegurado

BENEFICIO ADICIONAL POR HOSPITALIZACIÓN

• Este beneficio ayudará al asegurado a cubrir cualquier gasto imprevisto durante un ingreso en un hospital a consecuencia de un accidente o enfermedad cubierta por la póliza. El monto del beneficio es pagadero en adición a los beneficios de la póliza de salud del asegurado con BMI.

Elegibilidad:
• Pólizas con titulares menores de 65 años de edad.
• La cobertura cesará al momento de una renovación en la cual el titular tenga 69 años cumplidos.
• Cónyuge menor de 65 años de edad y dependientes bajo la misma póliza son elegibles mientras el titular obtenga el anexo.
• Anexo no disponible para el Flexi Plan III América Latina


Beneficio:

• Opción de US$100, US$200, o US$300 por día.
• En caso de requerir cuidados intensivos el beneficio diario será duplicado.
• El máximo de beneficio es de 365 días por cada accidente o enfermedad cubierta por la póliza.
• Los beneficios son pagaderos directamente al asegurado hospitalizado desde el primer día.
• Si la hospitalización es prolongada el asegurado puede recibir los pagos periódicamente.

SEGURO DE VIDA A TÉRMINO:

Beneficio:
• Se ofrecen las opciones de US$50,000 o US$100,000 por fallecimiento, tanto para el titular como para el cónyuge.

Elegibilidad:
• Titular y/o cónyuge que esté solicitando un seguro de salud con BMI.
• Se requiere evaluación médica junto con la aplicación del seguro de salud.

SEGURO DE MUERTE ACCIDENTAL Y DESMEMBRAMIENTO:

• Si a consecuencia directa y exclusiva de un accidente ocurrido durante la vigencia de la póliza se presentan lesiones corporales que produzcan al asegurado la muerte, desmembramiento o incapacidad total y permanente, la compañía pagará al asegurado o a sus beneficiarios la suma correspondiente.

Elegibilidad:
• Cualquier persona en buen estado de salud, entre los 18 y los 64 años de edad, que tenga en vigor o esté solicitando un seguro de vida o de salud con BMI.
• La cobertura cesará a la edad de 70 años.

Beneficio:
• La cobertura mínima es de US$50,000 y la máxima de US$250,000.

Escala de compensación:

Muerte accidental    

100% de la suma principal

Pérdida de dos extremidades   

100% de la suma principal

Pérdida de una extremidad   

50% de la suma principal

Pérdida de vista (ambos ojos)   

100% de la suma principal

Pérdida de vista (un ojo)   

50% de la suma principal

Pérdida de una extremidad y de vista (un ojo)

100% de la suma principal

Pérdida total del habla y de la audición

100% de la suma principal

Pérdida total del habla o de la audición

50% de la suma principal

Incapacidad total y permanente

100% de la suma principal

INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE:

• Si a consecuencia de un accidente o una enfermedad que ocurra o comience durante la vigencia de la póliza, el asegurado queda incapacitado total y permanentemente para realizar las actividades de su profesión u ocupación para la cual esté razonablemente calificado por su educación, entrenamiento o experiencia; la compañía pagará el monto de beneficio adquirido en una sola suma, una vez sea aprobado el caso.

Elegibilidad:

• Cualquier persona en buen estado de salud, entre los 18 y los 60 años de edad, que tenga en vigor un seguro de vida o de salud con BMI.
• La cobertura cesará a la edad de 65 años.

Beneficio:
• La cobertura mínima es de US$50,000 y la máxima de US$300,000.

MERIDIAN II PLUS

Elegibilidad:
• Cualquier persona que esté solicitando un seguro de salud Meridian II con BMI, hasta los 69 años de edad.
• Este anexo cesará al momento de una renovación en la cual alguno de los asegurados cumpla 70 años de edad.

Este anexo aplica a todos los asegurados bajo la póliza y automáticamente incrementará los siguientes beneficios:

Descripción

Cobertura

Cobertura máxima por asegurado (Por año póliza)

US$10,000,000

Estadía para acompañante de menor de 18 años

100%

Medicamentos ambulatorios

100%

Chequeos médicos de rutina (Sin deducible. Titular y cónyuge. Período de espera de 12 meses)

US$500

Inmunizaciones rutinarias para dependientes menores de 18 años (Sin deducible. Período de espera de 12 meses. Automático para dependientes nacidos bajo una maternidad cubierta)

US$150

Maternidad fuera de los Estados Unidos (Sin deducible) 

100%

Maternidad en los Estados Unidos (Sin deducible) 

US$10,000

Condiciones diagnosticadas en los primeros 90 días del recién nacido

100%

Circuncisión en el hospital (Sin deducible. Por recién nacido)

US$500

Enfermera en el Hogar

100%

Trasplante de órganos (Vitalicio)

US$2,500,000

Equipos médicos, prótesis externas y dispositivos ortopédicos

US$100,000

La información contenida en este sitio es informativa. Las cláusulas en el condicionado son las que rigen la póliza.

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