Preguntas frecuentes

1. Procesos de reclamación en vida

BMI Colombia pagará el siniestro siempre que el beneficiario acredite la ocurrencia, así como la cuantía de la pérdida, si fuere el caso. Debe adjuntar los documentos del asegurado y del beneficiario requeridos, en caso de declaración de muerte presunta deberá remitirse adicional a los documentos anteriores, la copia auténtica de la sentencia que declara la muerte presunta, de conformidad con lo establecido en el artículo 1145 del Código de Comercio.

2. Procesos de reclamación en salud

El asegurado o beneficiarios deberán en caso de siniestro, presentar los documentos que acrediten la ocurrencia y la cuantía de la reclamación en los términos del art. 1077 (Código de Comercio).

Todos los recibos y facturas deben estar de acuerdo a lo que establece las leyes en dicha materia.

3. Medios de pago

BMI Colombia dispone de diferentes modalidades para el pago de las pólizas, para mayor información consulte aquí los métodos de pago.

4. ¿Cómo se modifica o actualizan los datos de la póliza?

Para realizar la modificación o actualización de los datos de una póliza usted debe escribir un correo electrónico al buzón contactenos@bmicos.com indicando y adjuntando la siguiente información:

  • En el asunto del correo indique que es una modificación o actualización de datos.
  • Adjunte una carta de solicitud de modificación de datos, la cual debe contener el número de la póliza y el nombre del asegurado con número de identificación y datos de contacto.
  • En la carta debe indicar cuáles serán los datos a modificar y deberá adjuntar en el correo los respectivos soportes de validación de información. (Documentos de identidad, etc.)

5. ¿Cómo se cancela la póliza?

Para realizar la cancelación de una póliza usted debe escribir un correo electrónico al buzón contactenos@bmicos.com indicando y adjuntando la siguiente información:

  • En el asunto del correo indique que es una Cancelación de Póliza.
  • Adjunte una carta de solicitud de cancelación de póliza, la cual debe contener el número de la póliza y el nombre del asegurado con número de identificación, con datos de contacto, asi como el motivo de cancelación de la póliza.
  • Deberá adjuntar en el correo los respectivos soportes de validación de información. (Documentos de identidad, etc.)

6. Devolución de primas

BMI Colombia Compañía de Seguros de Vida S.A., realizará la devolución de la prima no devengada a que haya lugar. En caso de considerarse procedente la devolución de primas en razón a presentarse sobre seguro o disminución del interés asegurado; deberá ser solicitada dicha devolución por escrito por el interesado, con su correspondiente justificación o soporte.

Para facilitar el trámite de la solicitud, ésta debe contener nombre completo del tomador y/o asegurado, tipo y número de identificación, dirección, ciudad de notificación, teléfono de contacto, y fecha.

7. REVOCACIÓN VIDA INDIVIDUAL

Los contratos de seguros de vida podrá ser revocado por el Tomador y/o Asegurado en cualquier momento, en cuyo caso se procederá a la devolución del valor de rescate a que hubiere lugar al momento de la revocación. En caso de que el Asegurado hubiese incurrido en gastos por siniestros y estos hubiesen sido pagados por BMI COLOMBIA, la prima se considerará ganada y no habrá derecho a devolución o se devolverá el excedente .

 

PARÁGRAFO: El hecho de que BMI COLOMBIA reciba una o más primas después de la fecha de revocación no la obliga a conceder los beneficios aquí estipulados ni anula tal revocación. En consecuencia, cualquier pago posterior será reembolsado.

 

Causales:

 

  • Revocación unilateral del contrato de seguros por parte del tomador.
  • cancelación de las pólizas como no tomadas o aceptadas por el cliente a inicio de vigencia.

 

Siendo necesario presentar la siguiente documentación para las revocaciones solicitadas por el cliente:

 

  • Comunicación escrita firmada por el asegurado solicitando la cancelación.
  • Copia del documento de identidad, en caso de tener valores de cesión a devolver.
  • Formulario FACTA.
  • Carta firmada por el tomador de la póliza hasta 30 días después de emitida la póliza

 

Toda la cobertura provista por esta póliza cesará al ocurrir la primera de cualquiera de estas fechas:

 

  1. La fecha en que la póliza sea liquidada
  2. La fecha del fallecimiento del asegurado
  3. La expiración del período de gracia, si no ha sido pagada la cantidad necesaria para que la póliza se mantenga vigente.
  4. Cuando el asegurado haya alcanzado la edad ciento un años (101).

8. REVOCACIÓN SALUD O TERMINACIÓN ANTICIPADA

Si un Asegurado revoca esta Póliza una vez que ya ha sido emitida o renovada, BMI COLOMBIA devolverá la porción no devengada de la prima. En caso de que el Asegurado hubiese incurrido en gastos por siniestros y estos hubiesen sido pagados por BMI COLOMBIA, la prima se considerará ganada y no habrá derecho a devolución o se devolverá el excedente .

 

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 41 de la Ley 1438 de 2011 BMI Colombia no podrán dar por terminado los contratos ni revocarlos a menos que medie incumplimiento en las obligaciones por parte del Asegurado.

 

Siendo necesario presentar la siguiente documentación para las revocaciones solicitadas por el cliente:

 

  • La solicitud de cancelación debe realizarla el tomador de la póliza mediante una carta firmada indicando su requerimiento y el número de la póliza.

 

  • Las cancelaciones se realizarán con corte al 1 y 15 de cada mes, por tanto se realizará el trámite al siguiente corte de acuerdo a la fecha de recepción de la solicitud en la compañía, la prima no devengada será devuelta por el periodo no trascurrido de acuerdo al pago realizado.

9. REVOCACIÓN COLECTIVOS VIDA

El Tomador podrá revocar el amparo básico y/o anexos de la póliza en cualquier momento, mediante aviso escrito. BMI Colombia únicamente podrá revocar en vigencia los anexos, para lo cual deberá dar aviso al tomador con una anticipación no menor a 10 días calendario. BMI Colombia podrá dar por terminada la póliza con todos sus amparos al momento de la renovación.

 

De acuerdo a las siguientes condiciones:

 

  • Pólizas de pago mensual: las cancelaciones se realizarán al corte de facturación de la póliza de acuerdo al mes en que sea reportada la cancelación.

 

  • Pólizas de pago trimestral, semestral y anual: las cancelaciones se realizarán a la fecha de corte del mes del colectivo en que es reportada la novedad, por lo cual se procederá con la devolución de la prima no devengada del periodo faltante de acuerdo al pago realizado según la frecuencia del colectivo.

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